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Estatuto RUP
Las islas Canarias son Regiones Ultraperiféricas de la UE. Esto lo oímos mucho, pero a veces no sabemos por qué ni qué significa.
Por qué: Canarias está citada en el Tratado de Lisboa (el texto esencial de la existencia de la UE, algo así como su Constitución), en el artículo 349. En él dice que por nuestras especiales circunstancias, que son difíciles, lejanía, insularidad, reducida superficie, relieve y clima adversos y dependencia económica de un reducido número de productos, la UE podrá modificar algunas de sus políticas y establecer otras específicas que compensen esta dificultad.
¿Quién más tiene el mismo régimen?: En España nadie. Fuera de España, Guadalupe, la Guayana Francesa, Martinica, la Reunión, San Bartolomé, San Martín, las Azores y Madeira.
Qué significa: Canarias tiene un régimen fiscal especial gracias a la UE, si no, no lo tendría. Tiene un régimen económico propio. Ayudas específicas a las producciones agrícolas y al transporte por la lejanía (POSEICAN). Nosotros no pagamos IVA, pero, además, el dinero que recauda el IGIC no va a la UE, sino a nuestras instituciones para que tengan recursos para invertirlos aquí. Tenemos ayudas al transporte de un 75% del coste. Específicos fondos estructurales. Todas estas ventajas nos ayudan de forma esencial en nuestro desarrollo, y solo existen porque la UE las reconoce en su legislación esencial.
Este régimen, estimamos, también demuestran la validez del lema de la Unión, Unida en la diversidad, y que dadas las especiales características de Canarias y su gran identificación con los valores de la Unión, justica el lema que usamos en el DIRUE “Diversos en la Unidad”.
Para consultar la página de la Comisión Europea sobre las RUP, pincha aquí.
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Para consultar la página del Gobierno de Canarias sobre las RUP, pincha aquí.